Para cualquier trámite que realices tanto en la SSN vía TAD o a través de la página de AFIP necesitarás la clave fiscal. En caso de que no la tengas podrás gestionar la misma a través de la APP “Mi AFIP”. La AFIP permite, desde mediados de mayo de 2019, obtener la Clave Fiscal 3 con la APP “Mi AFIP” utilizando el celular y sin necesidad de dirigirse a una delegación/dependencia. Esta modernización de la Agencia Federal de Ingresos Públicos, mediante la implementación de la App para celulares MI AFIP, es un gran avance ya que es mucho más cómodo para el usuario si se compara con el trámite presencial para obtener una clave fiscal 3. Los requisitos para realizar el trámite en forma totalmente online son: ser mayor de 18 años, tener el DNI a mano, y tener un teléfono celular (con sistema Android o iOS) que tenga cámara frontal para sacar una foto (selfie). Podés descargar la app MI AFIP para Android en Play Store, o para iOS en App Store.
El Monotributo es un régimen simplificado de pago de impuestos al que
pueden acceder los pequeños contribuyentes. Consiste en una cuota fija que
contiene un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y obra
social.
Los contribuyentes al monotributo se ubican en categorías identificadas con
letras que van de la A (menores ingresos) hasta la L (mayores ingresos), en el
caso de nosotros los PAS dado que es solo servicios llega hasta la H. Las
categorías se determinan de forma semestral (enero y julio) en base a los
ingresos brutos, la superficie afectada y la energía eléctrica consumida.
Necesitás tener CUIT y Clave Fiscal.
La primera pregunta que debemos hacernos es: ¿En qué categoría me inscribo? Para ello debemos analizar:
El monotributo tiene dos componentes: uno impositivo y otro de seguridad
social (jubilación y obra social).
En este punto es importante detenerse en un aspecto a considerar. Si
actualmente te encontrás jubilado con la Ley 18037/38, sos profesional que
aporta a cajas provinciales o locales, menor de 18 años o trabajador en relación de
dependencia no estas obligado a pagar los aportes jubilatorios.
Al momento de elegir la Obra Social para vos y tu grupo familiar podés
consultar todas las autorizadas, ya sea:
Para poder emitir las facturas correspondientes deberás habilitar los puntos de venta. Los pasos a seguir son:
Los pagos del Monotributo se realizan hasta el día 20 de cada mes en curso. Por ejemplo, el periodo julio se puede pagar hasta el 20 de ese mismo mes. En caso de feriado o día no hábil el vencimiento pasa al primer día hábil siguiente. Para realizar el pago deberás ingresar con el CUIT y Clave Fiscal desde www.afip.gob.ar y luego acceder a “Monotributo”
Allí dentro tendrás la opción “Pagar”
Una vez dentro el sistema te permitirá conocer la deuda actual y la forma de pago.
El monotributo tiene una recategorización semestral obligatoria (enero-julio). No obstante, podrás modificar tu condición en cualquier momento, con efecto a partir del mes siguiente de realizado el cambio.
Si los movimientos de tu cuenta bancaria o las operaciones que realizaste con tarjeta de crédito hicieran presuponer que tenes ingresos superiores a los que declaraste para tu categoría (un 20% más si sos prestador de servicios o un 30% más si te dedicas a la venta de bienes muebles), la AFIP te reconvertirá automáticamente a una categoría superior a la registrada.
Cuando nos referimos a Ingresos Brutos (IIBB), hablamos de un impuesto provincial y obligatorio para todo aquél que esté desarrollando una actividad comercial. El impuesto se determina a través de un porcentaje de la facturación, independientemente de la ganancia. Ese porcentaje se denomina alícuota, y varía de acuerdo con la provincia. Por lo general, son porcentajes que rondan entre el 5 y 8%. Los contribuyentes deben, además de efectuar el pago, realizar de forma mensual la declaración jurada. Generalmente, como productores de seguros, es probable que trabajemos en más de una jurisdicción (CABA - GBA, por ejemplo). Para estas situaciones se creó el Convenio Multilateral el cual es un acuerdo entre las provincias y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para distribuir la base imponible del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con el propósito de evitar la múltiple imposición que puede llegar a producirse si los fiscos locales gravaran con la misma base de imposición la actividad que realice un contribuyente en forma indivisible en dos o más jurisdicciones. O sea, cuando una actividad se desarrolla en más de una jurisdicción corresponde que la base imponible del impuesto se distribuya entre las jurisdicciones involucradas. Quedan comprendidos dentro del régimen de Convenio aquellos contribuyentes que encuadren dentro de algunas de estas situaciones:
La Unidad de Información Financiera de la República Argentina es el organismo, con autonomía y autarquía financiera, que tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el objeto de prevenir e impedir el Lavado de Activos (LA), la Financiación del Terrorismo (FT) y los Delitos Económico-Financieros Complejos (DEFC).
Para poder darte de alta en la UIF deberás ingresar a https://www.argentina.gob.ar/uif/registrarse-por-primera-vez y luego en el botón:
Una vez realizado el click en el botón de arriba serás direccionado a la siguiente página https://sro.uif.gob.ar/sro/RegisterUser.aspx donde deberás completar la siguiente información: Paso 1 - Registrarte como persona física o jurídica (según corresponda).
Paso 2 - Seleccionar como tipo de sujeto (Sector Seguros)
Paso 3 - Completar todos los datos solicitados
Una vez completados todos los campos te llegará el siguiente mail:
Una vez que se registró como Persona Física en el sistema SRO UIF, deberá confirmar y validar la registración dentro de los 15 días hábiles posteriores de iniciada la misma, remitiendo a la UIF una Nota suscripta por el mismo, enviando la siguiente documentación respaldatoria, en la que conste:
IMPORTANTE:
"En virtud de lo establecido en el Art. 3° de la Resolución UIF 116/2020 de
fecha 26 de noviembre de 2020, la documentación respaldatoria a la que
refiere el Art. 3° Bis de la Resolución UIF 50/2011 y modificatorias, deberá
continuar canalizándose en forma remota a través de las casillas de correo
electrónico habilitadas a tal efecto, consignadas en la página web de esta
Unidad: consultasuif@uif.gob.ar, o sujetosobligados@uif.gob.ar .- "
Resolución UIF 116/2020
(https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/rs-2020-82110875-apnuifmec.
pdf
En caso de no haber enviado la documentación una vez vencido el plazo de
15 días, el sistema DESHABILITARA/BLOQUERA automáticamente la
registración, sin poder reportar ningún tipo de operación.
En caso de haber enviado la documentación NO deberá remitirla nuevamente.
Si hubiese algún faltante en la misma se informará a través del
sistema continuando DESHABILITADO el usuario hasta la recepción definitiva
de la documentación exigida, momento en el cual, se HABILITARÁ
nuevamente el usuario.
Tal como indica el mail que recibirán, deberán enviar la siguiente documentación a consultasuif@uif.gob.ar y/o sujetosobligados@uif.gob.ar
El sistema de Rúbrica Digital es una herramienta desarrollada por la Superintendencia de Seguros de la Nación para reemplazar la rúbrica de los libros en papel realizada por los productores en el Ente Ley 22.400. Dicho sistema se estableció a través de la Resolución N° 37.267 del 23 de noviembre del 2012. Dentro de la modernización tecnológica que se llevó a cabo en la Superintendencia de Seguros de la Nación, en concordancia con el Plan Nacional de Gobierno Electrónico, se estableció esta modalidad de rúbrica, con certificación mediante firma digital, de los Libros de Registros que obligatoriamente deben llevar los productores asesores de seguros y las sociedades por ellos integradas, eliminando los costos de traslado, de impresión, de encuadernación y de consumo de papel con el beneficioso impacto sobre los recursos naturales. Los PAS deberán cargar la información por envío masivo vía web utilizando archivos XML, exportados directamente desde los propios sistemas que utilizan y subidos al aplicativo, o bien realizar la carga manual de sus libros (registro por registro), en este mismo aplicativo. Para cualquiera de estos mecanismos, se realizarán validaciones de coherencia de los datos, emitiéndose un certificado firmado digitalmente que hará las veces de rúbrica. Un requisito previo a la subida de información será que cada PAS cuente con saldo en su cuenta corriente. La presentación de la información se realizará automáticamente a las 24hrs de cargado el archivo. En el Listado de Envíos los PAS podrán ver el estado de cada presentación, y tendrán la opción de eliminarlas en caso de que exista algún error. Si el envío a las 24hrs sale rechazado, el PAS tiene 30 días para descargar el XML, pasado este tiempo se elimina del servidor.
La obligación de la rúbrica corresponde desde el momento en el que el PAS actúa dentro de los términos de la Ley 20.091 y 22.400. Todas las registraciones deben realizarse en forma diaria y deberán registrarse todas las operaciones de intermediación en las cuales participe el PAS (Seguros nuevos, renovaciones, endosos de modificación o rectificación de contratos ya vigentes y anulaciones)
Para adherirse, deberá ingresar en la página de AFIP y presionar el recuadro Acceso con Clave Fiscal:
En la siguiente pantalla, deberá ingresar los datos que se le solicitan y presionar el icono INGRESAR:
Luego, se despliega el detalle de los servicios que el usuario ya tiene
incorporados a la clave fiscal:
Para adherir un nuevo servicio, deberá
presionar la leyenda Administrador de
Relaciones de Clave Fiscal:
Presionar el icono ADHERIR SERVICIO.
Luego se desplegará la lista de los servicios disponibles, donde deberá seleccionar Superintendencia de Seguros de la Nación
Al presionar sobre el icono de la SSN, se despliega “Servicios Interactivos” Al seleccionar Servicios Interactivos, se desplegarán dos opciones, deberá seleccionar SSN-Rúbrica Digital:
Luego podrá confirmar su elección, si está de acuerdo con los datos que se muestran:
Presionando el icono CONFIRMAR, quedará adherido al servicio y podrá imprimir el formulario como constancia de la adhesión.
Deberás ingresar a http://rubricadigital.ssn.gob.ar/ e ingresar con el CUIT/CUIL y Clave Fiscal de AFIP. Una vez dentro deberás seleccionar el usuario con el cual desearás trabajar
Para poder cargar la información deberás disponer de “créditos” los cuales se adquieren de a paquetes de 3.000 por un valor de $300 cada paquete. Cabe aclarar que cada registro a enviar consume 1 crédito. Para poder generar la boleta se deberá acceder a “Saldo” - “Generar boleta”
Allí selecciona la cantidad de paquetes a adquirir y el sistema le calcular el monto a abonar
Una vez calculado el valor a pagar el sistema le solicitará indique la forma de pago que puede ser: PagoFacil, Banco Nación o RapiPago.
Presionando el botón imprimir el sistema generará una boleta de pago la cual una vez abonada se acreditarán los créditos correspondientes. En caso de haber realizado su pago y no verlo reflejado en su cuenta corriente, el PAS puede presentar el comprobante de pago en las oficinas de la SSN y solicitar su acreditación.
En caso de perdida o extravío del cupón de pago puede reimprimir el mismo desde “Saldo” - “Listar boletas”
Dentro de “Saldos” - “Cuenta Corriente” podrás consultar los saldos disponibles.
Una vez que ya poseas el archivo a enviar (usualmente cada compañía posee un sector de su página web donde descargar la documentación) deberás ingresar a “Envios” - “Enviar”.
Luego deberás seleccionar el tipo de archivo a enviar “Operaciones” o “Cobranzas”.
Ingresado a cualquiera de las opciones (la más usada será “Operaciones”)
En la opción “Seleccionar archivo” deberá seleccionar el archivo que le generó la compañía de seguros el cual deberá ser un .zip y dentro encontrarse un archivo con formato .xml. De no cumplirse esa condición el archivo será rechazado.
Si el archivo es enviado correctamente, se mostrará la leyenda “El archivo fue validado correctamente” y se observaran la cantidad de registros, la fecha en que se está efectuando el procedimiento, el productor y el tipo de libro que se está utilizando, tal como se muestra a continuación:
Una vez validado el archivo deberá realizar el check en “La información suministrada tiene caracter de DDJJ y su recepción no supone la conformidad del Organismo en cuanto a su contenido” y presionar el botón “Subir”. Inmediatamente el sistema lo derivará al “Listado de envíos” donde figurará su registro como “Enviado”. En cualquier instancia del envío usted podrá descargar el archivo enviado, anular su envío (en este caso se devuelven los créditos) o descargar el PDF con la información enviada (este archivo estará disponible dentro de las 24-48hs de enviado el registro).
Para modificar o eliminar un registro, o registros dentro de un archivo, deberá ir a Listado de envíos, desde la columna “Acciones” descargar el archivo en formato XML, y luego eliminar el archivo completo. De esa manera se reintegrarán los créditos. Una vez que modifica el archivo, lo vuelve a cargar desde la pantalla “Enviar”. Si la entrega tiene estado “Aceptado” los créditos se reintegrarán a las 24hrs. Si la entrega tiene estado “Enviado” se reintegrarán en el momento. Para eliminar un archivo completo, deberá ir a Listado de envíos, y eliminarlo desde la columna “Acciones”. Si la entrega tiene estado “Aceptado” se le reintegrarán a las 24hrs. Si la entrega tiene estado “Enviado” se le reintegrarán en el momento.
Puede suceder que la compañía con la opera no le permita descargar un archivo .xml sino que le genera un archivo .txt. Para estos casos, dentro de herramientas existe “Convertir TXT”
Ingresando a “Herramientas” - “Convertir TXT” el sistema le pedirá seleccionar que tipo de archivo desea convertir “Operaciones o Cobranzas”
Una vez selecciona la opción deberá subir el archivo en formato .txt y presionando el botón “Convertir” le generará un archivo .xml
Luego deberá proceder como vimos anteriormente. Otra de las herramientas que posee el sistema de rubricas digital es la posibilidad de combinar varios archivos en un único envío. Para ello iremos a “Herramientas” - “Combinador archivos”.
Una vez dentro, y tal como hicimos en el envío y en la conversión, debemos elegir qué tipo de archivo queremos combinar “Operaciones” o “Cobranzas”.
Una vez dentro, elegirás los archivos y el sistema te generará un archivo .zip listo para enviar.
Una vez que posea el archivo .zip deberá proceder a enviarlo como se indicó anteriormente.
La C.I.P.A.S. es la credencial creada por el organismo contralor a través de la
Resolución SSN N° 38332/2014 que permite transparentar la actividad del
productor de seguros y disminuir el fraude en la comercialización de seguros
por personas que no se encuentran autorizadas por el Organismo de Control a
llevar adelante dicha actividad. La misma debe ser exhibida durante el ejercicio
profesional de la actividad o ante requerimiento del personal de la
Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Dicho instrumento cuenta con los datos del P.A.S. (nombre, matricula, CUIT) así
como un código QR, el cual, mediante la utilización de un simple lector, se
puede visualizar fácilmente en cualquier teléfono celular y/o dispositivo
electrónico, el estado y situación del PAS ante la Superintendencia de Seguros
de la Nación. La información que arroja dicho código QR indica:
Una vez que poseas la matricula expedida por la Superintendencia de Seguros de la Nación deberías ingresar a: http://seguro2.ssn.gob.ar/credencialproductor/credenciales/form.aspx y completar la siguiente información:
Ante el robo, hurto o extravío de la CIPAS, deberás
El “Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de
Seguros” se estableció a través de las Resoluciones SSN N° 332/20202 y N°
504/20203. Dichas resoluciones obligan a que, a partir del 1 de marzo de 2021
tanto las Entidades Aseguradoras, Productores Asesores de Seguros,
Sociedades de Productores de Seguros y Agentes Institorios deberán exhibir en
vidrieras y/o en lugares visibles al público de los locales donde se realiza el
ofrecimiento de contratos de seguros, dicho certificado.
Esta medida brinda a los asegurados una herramienta que les permite
corroborar de forma ágil y segura que se encuentran frente a un operador
habilitado por la SSN y, por lo tanto, autorizado a realizar y concretar
operaciones relacionadas con la actividad aseguradora.
Mediante el escaneo del código de respuesta inmediata (QR) que forma parte
del CAOPCS se verifica en segundos los datos de inscripción del operador.
Consecuentemente, la exhibición de este certificado colabora en garantizar el
buen funcionamiento del mercado asegurador.
Una vez que poseas la matricula expedida por la Superintendencia de Seguros de la Nación deberás realizar los siguientes pasos:
Cuba 2737 CP. 1428 C.A.B.A.
11-4948-2890
info@organizacionsinergia.com.ar
Nº de inscripcion de SSN
80489
Atención al asegurado
0800-666-8400
Organismo de control
www.argentina.gob.ar/ssn